España, como estado miembro de la Unión Europea considera la Orientación como un proceso continuo que permite a las personas, a lo largo de la vida:
La orientación incluye actividades individuales o colectivas de información, de consultas, de evaluación de competencias, de apoyo y de enseñanza de las competencias necesarias para la toma de decisiones y para la gestión de la carrera.
Así mismo, atendiendo a las resoluciones y sugerencias del Consejo Europeo, las administraciones españolas definen sus respectivos sistemas de orientación de acuerdo con los siguientes principios rectores:
Las habilidades para la gestión de la carrera profesional (HGC) son aquellas competencias que ayudan a las personas a identificar sus habilidades, a desarrollar metas de aprendizaje profesional y a mejorar sus carreras personales y profesionales.
Dentro de estas competencias destacamos:
El trabajo en el desarrollo de las habilidades para la gestión de la carrera profesional puede ayudar a las personas a:
Las Administraciones públicas competentes deben diseñar estrategias y promover medidas adecuadas para que, a lo largo de la vida, las personas adquieran esas competencias de forma progresiva y de acuerdo con su edad, situación personal, intereses y expectativas.
Todas las administraciones educativas disponen de servicios de orientación presentes en las distintas etapas de las enseñanzas no universitarias tanto obligatorias (Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria) como postobligatorias (Bachillerato; Formación Profesional; enseñanza de adultos y otros programas formativos dirigidos a alumnado con dificultades específicas por riesgo de abandono temprano, necesidades educativas especiales, etc.).
La intervención está organizada por programas, desarrollando las distintas actuaciones en tres ámbitos fundamentales: atención a la diversidad y a los procesos de enseñanza-aprendizaje, apoyo a la función tutorial y apoyo en el desarrollo del plan de orientación académica y profesional.
La orientación profesional se realiza en un primer nivel, por todo el profesorado, como consecuencia de considerar la orientación educativa, académica y profesional parte integrante de sus funciones docentes; y en un segundo nivel, por las estructuras específicas de orientación que determina cada administración autonómica en el ámbito de sus competencias.
Estas estructuras específicas de orientación se constituyen en servicios, equipos, unidades o departamentos de orientación formados por personal docente especializado, que incorporan, junto a la figura del orientador, otros profesionales que coadyuvan a atender las necesidades derivadas de la manifiesta diversidad de capacidades, condiciones, conductas o intereses del alumnado y a garantizar la igualdad de oportunidades.
La orientación profesional se articula a través de planes y programas de orientación y acción tutorial que los Centros de Educación Infantil y Primaria, los Institutos de Educación Secundaria y los Centros Integrados de Formación Profesional desarrollan a través de la acción de los tutores, coordinados por el jefe de estudios y contando con el asesoramiento especializado de los Equipos y Departamentos de orientación que las Comunidades Autónomas, con competencia en materia de educación, ordenan con diferente tipo de reglamentación en cada caso.
Estos planes y programas de orientación educativa y profesional se incardinan en el Proyecto Educativo de Centro y se actualizan anualmente a través de la Programación General Anual, que cada centro docente elabora, desarrolla y evalúa, al amparo de las Instrucciones anuales de organización y funcionamiento que cada Administración educativa dicta al efecto.
La Orientación Profesional en el Sistema de Empleo, está enmarcada, por su formulación normativa a través de La Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y La Guía Técnica de Referencia para el desarrollo de sus Protocolos, así como por la planificación anual efectuada en los Planes Anuales de Política de Empleo (PAPE).
Los Servicios Públicos de Empleo, en las oficinas de empleo, ofrecen una cartera de servicios de Información y Orientación Profesional cuya organización se basa fundamentalmente en el enfoque personalizado de los servicios y en la realización de Itinerarios individuales y personalizados de empleo. Este servicio tiene por finalidad ayudar a las y los usuarios a mejorar su empleabilidad, promover su carrera profesional y facilitar su contratación u orientar hacia el autoempleo.
El instrumento fundamental para entender el contexto de la orientación profesional en el ámbito laboral son los Planes Anuales de Política de Empleo (PAPE) que, en base a la colaboración del SEPE con las Comunidades Autónomas, determinan los servicios y programas que van a desarrollar anualmente. Las Comunidades Autónomas pueden optar por realizar servicios y programas de ámbito estatal regulados en la normativa estatal vigente (servicios y programas comunes) o bien realizar servicios y programas de políticas activas de empleo propias, distintos de los anteriores, adaptados a la realidad de las personas desempleadas y del tejido productivo de su ámbito territorial.